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Distintivos ambientales de la DGT: obligatoriedad y cómo conseguirlos

Mucho tiempo llevan ya estando en boca de todos las etiquetas ambientales de la DGT para nuestros vehículos, pero ha sido recientemente cuando algunas ciudades han fijado su obligatoriedad para circular por ellas. Inicialmente solo servía para identificar a cada coche en función de los que contaminaban, pero desde hace tiempo algunas ciudades también se están poniendo restricciones en función de esas pegatinas.

Para aquellos que aún no dispongan de ella, su adquisición es muy fácil. Están disponibles en las oficinas de Correos por 5 euros y tan solo es necesario presentar el DNI y la documentación del vehículo. También pueden conseguirse online, pero su precio se incrementa por los gastos de envío, a no ser que se adquieran dos que el envío es gratis. Existen otros sitios autorizados por la DGT, como algunas asociaciones o colegios de Gestores Administrativos que colaboran con Tráfico.

Ante la duda de si es necesario adquirirla o no, la DGT ha puesto en marcha un portal en el que te informa sobre la pegatina que lleva tu vehículo con solo introducir su matrícula. En él se te informará sobre la clasificación que corresponde a tu coche o si no cumple los requisitos y no la puede llevar (gasolina anteriores al 2000 y diésel anteriores a 2006).

Las distintas clasificaciones son las siguientes: Cero emisiones (de color azul) para eléctricos e híbridos; Eco (mitad verde, mitad azul) para híbridos y coches movidos por GNC y GLP; C (de color verde) para coches de gasolina desde 2006 hasta ahora (desde Euro 4) y diésel desde 2014 (Euro 6); y la B (de color amarillo) para gasolina entre 2000 y 2006 (Euro 3) y diésel desde 2005 a 2014 (Euro 4 y 5). Además, también las motos tienen su propio etiquetado.

Existe cierta controversia con esta clasificación, puesto que hay coches que podrían cumplir la normativa pero han sido discriminados por el año. Si se dan casos de este tipo, se puede reclamar directamente a la DGT, pero se trata de un proceso bastante tedioso y costoso, puesto que hay que aportar un certificado emitido directamente por la marca, previo pago de su importe, así como actualizar los datos en el Registro de Vehículos pagando la tasa correspondiente de 8,50 €.

La obligatoriedad de circular con esta pegatina depende de la zona por la que se mueva el coche en cuestión, ya que en ciudades pequeñas o pueblos no hay control sobre esta medida, pero otras ciudades, como por ejemplo Madrid, han impuesto su uso para circular por el área de Madrid Central.  En Barcelona, a pesar de que también hay algunas restricciones, todavía no es obligatorio.

De hecho, ya se han impuesto las primeras multas por circular sin esta pegatina fijada en la parte inferior derecha del parabrisas. Se considera una infracción leve y el Ayuntamiento de Madrid ha fijado la sanción en 15€.

En cualquier caso, al tratarse de un trámite tan sencillo de cumplir, no está de más contar con esta etiqueta por si en cualquier caso es necesario circular por cualquier zona que requiera su uso.

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